REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno (1) de diciembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-001400
PARTE ACTORA: DARWIN JOSÉ ALLEN PETTIL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: CONINVECA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FATIMA ALEJANDRA SANDOVAL
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy primero (1) de diciembre de dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio comparece la abogada FATIMA ALEJANDRA SANDOVAL inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.265, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada CONSTRUCCIONES E INVERSIONES VESUBIO (CONINVECA) C.A., representación que acredita mediante presentación de instrumento poder en original para su consignación; asimismo, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano DARWIN JOSÉ ALLEN PETTIL venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 17.384.637, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez
Abg. Leticia Morales Velásquez
Apoderada Judicial de la demandada
El Secretario
Dioni Morales
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