REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
EXPEDIENTE N°: AP21-L-2008-003820
PARTE ACTORA: ROBERTO JOSE QUINTERO BOHORQUEZ.
ABOGADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JORGE ENRIQUE CALDERON CRESPO.
PARTE DEMANDADA: TOTAL OIL AND GAS VENEZUELA B.V.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LILIANA SALAZAR MEDINA y VALENTINA MASTROPASQUIA SANTORO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, miércoles 3 de diciembre de 2008, siendo la 1:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se anunció dicho acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; y compareció por ante este Juzgado, la abogada, VALENTINA MASTROPASQUA SANTORO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 98.455; en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil TOTAL OIL AND GAS VENEZUELA B.V.; Acto seguido el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a la presente audiencia, de la parte demandante ciudadano ROBERTO JOSE QUINTERO BOHORQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-5.047.793, de este domicilio; ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; en virtud de lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°.
LA JUEZ,
ABOG. JHACNINI TORRES.
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.
LA SECRETARIA,
ABG. EVA COTES
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