REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de Diciembre de 2008
198º y 149º



ASUNTO: AP41-U-2008-000679.- Interlocutoria N° 129.-

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha quince (15) de Octubre de 2.008, conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar, por el ciudadano LUIS MANUEL GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.310.565, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “BP VENEZUELA HOLDINGS LIMITED”, en contra de la Resolución N° GGSJ/GR/DRAAT/2008-000056-358 de fecha quince (15) de Julio de 2.008, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), notificada en fecha doce (12) de Agosto de 2.008, mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha veintitrés (23) de Septiembre de 2.005, ante la División de Tramitaciones, Sustanciación y Archivo de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en contra de la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo N° RZ-SA-2005-500039 de fecha nueve (09) de Agosto de 2.005, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT, mediante la cual se confirma el Acta de Reparo N° RZ-DF-1944, de fecha veintidós (22) de Noviembre de 2.004, levantada en materia de Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), para los períodos de febrero, mayo y agosto de 2.002, por la cantidad total de Bs. 2.205.288.363,00 (Bs.F. 2.205.288,36), discriminada a continuación, la cual deberá ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales:


Periodos
Año 2.002
Diferencia de Impuesto Determinado
Total Multa en Bolívares
Intereses Moratorios

Febrero
Bs. 347.993.920,00

Bs. 493.002.986,00

Bs. 341.033.462,00


Mayo
Bs. 255.676.566,00

Bs. 362.216.991,00

Bs. 216.629.385,00


Agosto
Bs. 59.515.586,00

Bs. 84.315.731,00

Bs. 44.903.736,00


TOTALES
Bs. 663.186.072,00

Bs. 939.535.708,00

Bs. 602.566.583,00


estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de las personas que se presentan como representantes de la empresa aportante y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er.) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los diez (10) días del mes de Diciembre del año dos mil ocho (2.008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez Temporal,

Gabriel Fernández Rodríguez.- La Secretaria Suplente,

Judith Hidalgo Jiménez.-











ASUNTO: AP41-U-2008-000679.-
GFR/dpc.-