REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 08 de Diciembre de 2008
198° y 149°
SOLICITANTE: JUDITH DEL CARMEN VILLARROEL RAMOS
SOLICITUD: TITULO SUPLETORIO
Nº EXPEDIENTE: 13307
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente solicitud de titulo supletorio, presentado por la ciudadana JUDITH DEL CARMEN VILLARROEL RAMOS, y por cuanto del estudio del mismo se observa que dichas bienhechurias se encuentran enclavadas en un terreno ubicado en el municipio Zamora, del Estado Aragua, como se evidencia en el escrito libelar que riela al folio (01), este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente solicitud, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de La Judicatura, y por cuanto este Tribunal esta encargado de llevar la distribución, en consecuencia entréguese el presenté expediente en original al funcionario respectivo, a lo fines de su distribución.-
EL JUEZ
ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
Abg. ANTONIO HERNANDEZ
EXP. Nº 13307
RCP/AH/lr.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
EL SECRET.-
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