Maracay, 09 de Diciembre de 2008
197º y 148º
ASUNTO: DP11-L-2008-000984
ACTA
PARTE ACTORA:, ROSA HAIDEE PÉREZ RIVERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.350.398 y de este domicilio. (NO COMPARECIÓ))
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FERNANDO JOSE NIETO ESCALONA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 94.413.- (NO COMPARECIÓ)
PARTE DEMANDADA: CARACAS PAPER COMPANY, C.A.-
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE ACCIONADA: HECTOR EDUARDO PORRAS BORRERO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.433.394.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO QUINTERO CURBERO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 7.223.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

En el día hábil de hoy, 09 de Diciembre de 2008, siendo las 09:00 a.m, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadana ROSA HAIDEE PEREZ, supra identificada a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, el Juez deja constancia de la comparecencia del representante legal de la parte accionada ciudadano HECTOR PORRAS, en su carácter de Gerente de Recursos Humanos y del apoderado judicial abogado PEDRO QUINTERO CURBERO; según consta de instrumentos poder, constante de cuatro (4) folios útiles, que en original fueron presentados para su vista y devolución, siendo confrontadas las mencionadas copias con sus originales por el ciudadano Juez, hecho esto, se ordena agregar a los autos, los fotostatos antes mencionados, en este estado y visto lo anteriormente señalado, es por lo que conforme a las previsiones del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ

DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ.

EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ACCIONADA Y SU APODERADO JUDICIAL.-


LA SECRETARIA

ABOG. LOIDA CARVAJAL.-