En el día hábil de hoy Miércoles Diez (10) de Diciembre del 2008, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en el presente proceso, incoada por la aparte actora ciudadano JOSÉ MANUEL LÓPEZ GARCIA contra la Sociedad MERCANTIL. “MOORE DE VENEZUELA S.A.”. Se realizó el anuncio de la presente audiencia en las puertas del Tribunal, encontrándose presente solamente el apoderado judicial de la empresa demandada ciudadana EYDA ANDREINA ORTEGA GIRON, inscrita en el inpreabogado No. 115.50, quien presentó original y copia del poder a efectos videndi. SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, NI POR SI MISMA NI POR APODERADO JUDICIAL EN EL PRESENTE JUICIO. Por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 197 de Independencia y 149 de Federación. Dándose por cerrado el acto a las 09: 30 a.m. del miércoles Diez (10) de Diciembre de 2.008. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
ABG. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABOG. LOIDA CARVAJAL
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