En el día de hoy diecisiete (17) de diciembre de dos mil ocho, siendo las 02:00 p.m., comparecen las partes arriba señaladas, quien acuden a éste despacho a los fines de solicitar ambas partes la anticipación de la audiencia preliminar inicial, se deja expresa constancia de la comparecencia del Actor ciudadano MARQUEZ LIENDO JAUN MANUEL, cédula de identidad Nros. V- 8.742.904, debidamente asistido por la abogada en ejercicio supra identificada; por la parte demandada, comparece la Apoderada Judicial Abogada AURORA SALCEDO, titular de la cédula de identidad Nro. 14.514.791, Inpreabogado Nro. 102.524, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta, quien consigna a los efecto de probar la cualidad que ostenta a los fines del presente procedimiento, copia simple del Poder Judicial, constante de tres (03) folios útiles. Así mismo se deja constancia que la parte demandada se da por notificado en el presente acto del presente asunto en su contra y en consecuencia ambas partes renuncias a los lapsos de ley, correspondientes a la fase del asunto a los fines de celebrar la presente audiencia. En éste estado la ciudadana juez acuerda lo solicitado y declara abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora a fin de poner fin al presente procedimiento la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. 8.000,00), para ser pagados en éste mismo acto, a través de cheque Nro. 00002128, con fecha 05 de diciembre de 2008, elaborado a nombre del Trabajador MARQUEZ LIENDO JAUN MANUEL, girado contra la cuenta corriente Nro. 01020124170000022021, del Banco de Venezuela. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por todos los conceptos demandados. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio.