REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín, 29 de Enero de 2008.

198º y 148º

Con vista al pedimento formulado por la parte demandante en su libelo de demanda, este Tribunal a los fines de su pronunciamiento y observando las actuaciones que reposan en autos y haciendo uso de los artículos 585 y 588 del Código de procedimiento Civil, conforme a la ley DECRETA Medida de Prohibición de enajenar y Gravar, sobre un inmueble distinguido con el Nº 57 del Conjunto Residencial LA SEVILLANA, construida en la Macroparcela MC-12 de la urbanización Palma Real II, Calle Los Jabillos, Sector Tipuro, Parroquia Boquerón, Municipio Maturín Estado Monagas, debidamente registrado por ante la oficina subalterna del segundo circuito de registro publico del municipio maturín del Estado Monagas, quedando asentado bajo el Nº 19, protocolo: Primero, Tomo: 27 de fecha 15-12-2005. En consecuencia se ordena oficiar lo conducente a la oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Estado Monagas.- Líbrese Oficio Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA.

ABOG: MARIA BALBINA CARVAJAL N.

LA SECRETARIA ACC.

ABOG: EUMAR PATRICIA BARCENAS.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Conste.


LA SECRETARIA.