REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2004-006137
ASUNTO : NP01-S-2004-006137
RESOLUCION
-SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO-
Suspendida temporalmente como se encontraban las presentes actuaciones de investigación N° G- 530.391 (Den-127-04), seguida en contra de los imputados IDENTIDAD OMITIDA, debido al pronunciamiento dictado en fecha 24/01/2007, mediante el cual se decretó el Sobreseimiento Provisional de la causa previa solicitud fiscal, con el objeto de que el Ministerio público continuara la investigación, ya que ante la falta de fundamentos para acusar a los imputados de autos requería de mas tiempo para investigar, este Tribunal observa:
Que desde el día 24/01/2007, hasta el día de hoy ha transcurrido íntegramente el plazo de un año y seis días, sin que hayan solicitado la reapertura del procedimiento, razón por la cual este Juzgador actuando de oficio estima procedente poner fin o termino a la presente causa, en virtud de haber operado en beneficio del imputado el lapso legal establecido en el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, situación ésta que impide al Ministerio Público el ejercicio de la acción penal, resultando evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción en el presente caso.
-DISPOSITIVA-
En merito a los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida a los ciudadanos: IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° 21.083.071, nacido el 20/03/1990, natural de esta Ciudad, Soltero, hijo de Alicia Gibory (V) y de Francisco Bolívar (V), domiciliado en la Calle Colon, Sector La Plaza, casa s/n, cerca de la Plaza Bolívar. Temblador, Estado Monagas Teléfono: 0416-8896009, y IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° 18.658.346, nacido el 21/11/1988, natural de San Fernando de Apure, soltero, hijo de Doris Miraida Gibory (V) y de José Ventura Moreno (V), domiciliado en el Cafetal, Calle Principal 10, a tres casas de la Bodega. Tucupita, Estado Delta Amacuro. Teléfono: 0414-8792142, por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el ordinal 1° del artículo 375 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez 2° de Control Temporal,
ABG. MARIA HERMINIA LUONGO
La Secretaria
ABG. ELINERSY AGUIRRE CASTILLO
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