REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: AP21-L-2007-000555
Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 11 de enero de 2008, por el abogado ALAIN PIERRE BIZET, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 112.013, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A., por una parte y por la otra los ciudadanos ANGEL AUGUSTO SUAREZ y GABRIEL ISMAEL CEBALOS, titular de la cédula de identidad N° 14.526.956 y 14.260.500, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado DIEGO MEJIAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 23.119, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente. Asimismo, este Juzgado ordena expedir dos (02) juegos de copia certificada del escrito transaccional y del presente auto. De igual manera se acuerda la devolución de los escritos de pruebas presentado por las partes conjuntamente con sus anexos y en tal sentido se ordena librar oficio a la Oficina de Depósitos de bienes del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. LIBRESE OFICIO.

El Juez

La Secretaria

Abg. Aníbal F. Abreu Portillo


Abg. Diraima Virguez