REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-002459
PARTE ACTORA: WILMA LEONOR OSUNA REGALADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VIRGILIO BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIAS AERONAUTICAS Y SERVICIOS AEREOS S.A. (CONVIASA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y JUBILACIÓN
Hoy, treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el ciudadano abogado MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN, inscrito en el IPSA bajo el N° 107.058, en su carácter de apoderado de la demandada, según se desprende de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, dándose así inicio a la audiencia. En este estado se dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Regístrese y Publíquese.-
El Juez Titular
Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
La Secretaria
Abog. Diraima Virguez.
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