REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA PRIMERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº I
Caracas, 14 de Enero de 2008.-
197º y 148º
ASUNTO: AP51-S-2007-022001

Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano RAFAEL CHOCRÓN SERFATY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.683.516, padre de la adolescente (X) de trece (13) años de edad, debidamente asistido por la abogada ALICIA BEATRÍZ SINGLER GRINGRUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.719, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a la adolescente antes mencionada, esta Sala de Juicio, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y visto asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana RACHEL CHOCRÓN de BENCHIMOL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.120.576, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADORA AD-HOC de la adolescente mencionada. Expídanse por secretaría las copias certificadas necesarias, una vez que sean consignadas por el solicitante. Se ordena oficiar a la oficina de atención al público, a fin de que se sirva entregar a la parte interesada las copias certificadas respectivas. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA DE SALA,


DRA. AGUEDA DOMINGUEZ
LA SECRETARIA


Abg. CIOLIS MOJICA


AP51-S-2007-022001
AD/CM/dolimar