REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, dieciocho (18) de enero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP51-S-2008-000058
Recibido como ha sido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, désele entrada, anótese en el libro respectivo y regístrese bajo el Nº AP51-S-2008-000058 de la nomenclatura de este Circuito Judicial. Vista la solicitud de INTERDICCIÓN interpuesta en fecha de 21 de junio 1991, por el ciudadano MARCO ANTONIO MESA SALUZZO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 1.361, debidamente asistido por el ciudadano Luís Eduardo Aveledo Morasso, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 654, ante el esta Sala observa: en Resolución Nº 1° de fecha 01 de abril de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, atribuyó a los Juzgados Ordinarios de Primera Instancia en lo Civil, la competencia para conocer de los asuntos, cuando las partes interesadas sean mayores de edad; ello fue ratificado mediante sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en fecha 25 de noviembre de 2004, expediente N° 03-2603. En el caso que nos ocupa, el ciudadano MARCO ANTONIO MESA SALUZZO, interpuso la presente Interdicción a favor de su hija la ciudadana MILAGROS ISABEL MESA ROJAS, quien es mayor de edad, siendo esto determinante para atribuir la competencia del caso de marras al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, esta Sala de Juicio se declara incompetente para conocer de la causa y declina el conocimiento de la causa en el Juzgado Ordinario de Primera Instancia en lo Civil de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio remitiendo las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin que previo el sorteo de Ley, confiera la causa al Juzgado que en definitiva conocerá del presente procedimiento. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
Abg. MERCEDES GAMARRA
RC/MG/K.
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