REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL Nro. 6.
Caracas, 29 de Enero de 2008.
197º y 148º.
ASUNTO: AP51-S-2008-000185.

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto y vista de igual forma las testimoniales de las ciudadanas TAMARA ISABEL PEREZ RAMIREZ y LUCILA ISABEL PUERTA DE LOGREIRA, venezolanas, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.003.027 y V- 24.282.139 respectivamente; este JUEZ UNIPERSONAL Nro. 6 DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE; en virtud de que se encuentran llenos los requisitos de ley, conforme a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUSTIFICATIVO DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus SANTIAGO ALONZO CASTILLO PEREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.414.475, a favor de su esposa LISBETH COROMOTO GOMEZ DE CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.550.472, y de sus hijos SANTIAGO ALONZO, PATRICIA ELENA, VIRGINIA MARIA CASTILLO CARDENAS, mayores de edad; “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…” , respectivamente. Devuélvase los originales con sus resultas a la parte solicitante una vez que la parte interesada suministre los fotostatos necesarios.-
EL JUEZ,


JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ REYES.

LA SECRETARIA,


ABG. KATTY SOLORZANO.


ASUNTO: AP51-S-2008-000185