REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 18 de enero de 2008
197° y 148°
Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, por los abogados Alfredo Altuve Gadea y Mary Jean Paredes Marshall, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 13.895 y 69.206, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Willy S. Kohn M., Carlos H. Blunch y Jaime Arizaleta Acevedo, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.726.013, 1.751.275 y 2.938.789, respectivamente, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley LA ADMITE cuanto a lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a los ciudadanos HOMERO JESÚS TORO BOSCAN, GUSTAVO ALONZO MELENDEZ URDANETA y JOSE VICENTE PIRNACI VILLATE, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.781.534, 7.964.567 y 7.959.126, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en autos la última que de las citaciones se haga, para que den contestación a la demanda incoada en su contra por los ciudadanos WILLY S. KOHN M., CARLOS H. BLUNCK y JAIME ARIZALETA ACEVEDO, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del Tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 08:30 a.m. y 03:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pie, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código adjetivo, previo suministro mediante diligencia de los fotostatos respectivos.
La Juez
María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. N° 45172