REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 11 de Enero del Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 197° y 148°.-
Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento procedente del Juzgado Distribuidor de turno, presentada por la ciudadana NORMA HELENA PORRAS LEDESMA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.539.989, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.476 actuando en nombre y representación del ciudadano FRANCISCO DI VINCENZO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, estudiante y titular de la cédula de identidad Nº V-15.892.139. Y por cuanto la pretensión del solicitante no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este Despacho proceda a la rectificación de Acta de Nacimiento del ciudadano: FRANCISCO DI VINCENZO GONZALEZ, la cual fue asentada bajo el Nº: 899, de fecha 18 de Abril de 1984, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Valle, del Municipio Libertador del Distrito Capital, para ello alega que en dicha partida de Nacimiento, se le coloco el nombre de su padre el cual se testo como: FRANCISCO DI VINCENZO, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: FRANCESCO DI VINCENZO. Tal como prueba de la se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como Original del Poder Especial, expedido por ante la Notaria Publica Décima del Municipio Libertador; Original de la partida de nacimiento de la solicitante; Original del acta de nacimiento del ciudadano FRANCESCO DI VINCENZO; Copia simple de la cedula de identidad del ciudadano FRANCESCO DI VINCENZO y Gaceta Oficial donde aparece nacionalizado el ciudadano FRANCESCO DI VINCENZO.- Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano FRANCISCO DI VINCENZO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, estudiante y titular de la cédula de identidad Nº V-15.892.139, en los siguientes términos: donde dice: “...FRANCISCO DI VINCENZO...” debe decir: “...FRANCESCO DI VINCENZO…”.- En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. LEOXELYS VENTURINI.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
EXP N° 07-4650.-
AMCdeM/LV/Yenny.-
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