REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

EXPEDIENTE Nº: 06-3516.-


PARTE SOLICITANTE: ROBERTH ALBERTO CANTILLO BERMÚDEZ y ZHOUYIMAR ADANARYS RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-14.165.702 y V-12.395.667 respectivamente.-


ABOGADO ASISTENTE: CARMEN YOLANDA GUZMÁN, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 48.198.-


MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS (Conversión en Divorcio).-


TIPO SENTENCIA: DEFINITIVA.-



Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado en fecha 30 de Noviembre de 2006, por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ROBERTH ALBERTO CANTILLO BERMÚDEZ y ZHOUYIMAR ADANARYS RODRÍGUEZ GARCÍA, plenamente identificados, asistidos por la abogada CARMEN YOLANDA GUZMÁN, mediante la cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos; alegaron que contrajeron matrimonio el día 27 de Noviembre de 2003, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda. Que de su unión no procrearon hijos y no adquirieron bienes de fortuna. Asimismo, consignaron copia certificada del acta de matrimonio.-
En fecha 07 de Diciembre de 2006, este Tribunal, exhorto a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, por tal motivo se decretó la Separación de Cuerpos.-
En fecha 20 de Diciembre de 2007, comparecieron los ciudadanos ROBERTH ALBERTO CANTILLO BERMÚDEZ y ZHOUYIMAR ADANARYS RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-14.165.702 y V-12.395.667, debidamente asistida por la ciudadana CARMEN YOLANDA GUZMÁN, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 48.198, solicitando se les declare la conversión en divorcio.-
Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
II
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges ciudadanos: ROBERTH ALBERTO CANTILLO BERMÚDEZ y ZHOUYIMAR ADANARYS RODRÍGUEZ GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-14.165.702 y V-12.395.667 respectivamente, han vivido separados de cuerpo por más de UN (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos solicitada.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges, ROBERTH ALBERTO CANTILLO BERMÚDEZ y ZHOUYIMAR ADANARYS RODRÍGUEZ GARCÍA, ambos ampliamente identificados y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 27 de Noviembre de 2003, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (09) días del mes de Enero de Dos Mil Ocho (2008).- Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.


LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. LEOXELYS VENTURINI.


En la misma fecha se público y registro el anterior fallo siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.).-

LA SECRETARIA TITULAR,

EXP: 06-3516.-
AMCdM/LV/leoM.-