REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, dieciocho (18) de enero de dos mil ocho (2008)
Años 197° y 148°
Vista la diligencia de fecha catorce (14) de enero 2008, suscrita por el abogado José E. Gómez Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.921, apoderado judicial de las partes demandadas, Lía Eugenia Burelli y Cesar José Burelli, mediante la cual solicitó la notificación por cartel de la parte actora en el presente juicio de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veinte (20) de marzo de 2007; Este Tribunal niega dicha solicitud ya que la parte demandada no a agotado la vía de la boleta de notificación; En consecuencia se ordena la elaboración de la correspondiente boleta a los fines de que se practique la notificación al ciudadano Carlos Enrique Burelli.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VGJ/RM/kelly
EXP. N°. 9108
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, dieciocho (18) de enero de dos mil ocho (2008).-
Años 197º y 148º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER:
Al ciudadano Carlos Enrique Burelli, venezolano, titular de la cedula de identidad 2.153.892, o a sus apoderados judiciales abogados, Alba Josefina Rondon Ávila y José Silverio García, inscritos en los Inpreabogado bajos los números 50.614 y 36.026; parte actora en el juicio que por partición de bienes de comunidad sigue el contra de los ciudadanos Lía Eugenia Burelli y Cesar José Burelli, sustanciado en el expediente signado con el N° 9108, de la nomenclatura llevada por este Tribunal; que por auto de esta misma fecha se acordó su notificación en virtud de la sentencia recaída en el presente juicio en fecha veinte (20) de marzo de dos mil siete (2007).
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.- Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
VGJ/RM/kelly Exp. 9108