REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE
TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracay, 21 de Enero de 2008.
195° y 147°
CAUSA: 3E-434-01.
PENADO: ARIAS FLORES LUIS RAMON.
DELITOS: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION.
DECISION: PENA CUMPLIDA.

Revisada como ha sido la presente causa, observa esta Juzgadora, que según oficio N° 868-2007, de fecha 07-11-2007, proveniente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, suscrito por la Lic. IRIS TOVAR (Jefe de la Unidad) y la Abg. DENNIS REQUENA (Delegado de Prueba), que el penado ARIAS FLORES LUIS RAMON, titular de la cédula de identidad N° V-7.256.243, cumplió la pena que le fue impuesta bajo el beneficio procesal de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, el cual se fue otorgado en fecha 07-11-2005, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACION, previstos y sancionados en el Artículo 407 del Código Penal, al haber cumplido satisfactoriamente la pena impuesta de cinco (5) años de presidio, lo que en consecuencia se extingue así su responsabilidad criminal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal. Así se declara.