REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto (34°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de enero de 2008
197º y 148º

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-004820
PARTE ACTORA: INES TERESA MATA GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 6.954.116.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ibeth Del Valle Rengifo y Adjany Isabelly Palacios Madariaga, abogados adscritas a la Procuraduría de Trabajadores, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 36.196 y 125.513, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT LUNA DE ORO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FERNANDO DA SILVA VIEIRA CHA-CHA, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 12.955.302, asistido por el abogado RAFAEL ISIDRO VIVAS ZAMBRANO, IPSA Nro. 68.348.
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales.


Hoy, 16 de enero de 2008, siendo las 2:30 PM, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos INES TERESA MATA GARCIA, en su carácter de parte actora, acompañada de su apoderado judicial IBETH DEL VALLE RENGIFO, asimismo se encuentran los ciudadanos FERNANDO DA SILVA VIEIRA CHA-CHA, como representante estatutario de la demandada, acompañado de su abogado asistente RAFAEL ISIDRO VIVAS ZAMBRANO, todos arriba identificados, dándose así inicio a la audiencia, con la breve intervención de ambas representaciones a los fines de manifestar que han llegado a un acuerdo transaccional, en el cual la parte demandada ofrece la suma de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (BS. F. 500,oo) equivalentes a Quinientos Mil Bolivares (Bs. 500.000,oo) los cuales comprenden cualquier diferencia derivada por la antigüedad acumulada (articulo 108 LOT), intereses sobre prestaciones sociales (articulo 108 LOT), vacaciones fraccionadas (artículo 225 LOT), utilidades fraccionadas (articulo 174 LOT), bono vacacional fraccionado (articulo 223 LOT), incluyendo las percepciones por prolongación de jornada, indemnización por despido injustificado (art. 125 LOT) preaviso sustitutivo (articulo 125 LOT). Acto seguido, la parte actora manifiesta libremente, su aceptación total de la cantidad ofrecida con lo cual declara que nada queda a deberle la parte demandada RESTAURANT LUNA DE ORO C.A., por los conceptos demandados, ni por ningún otro concepto en materia laboral. Dicho pago se efectuará en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del presente Circuito Judicial. En este estado, vista la exposición que antecede, quien decide en conformidad a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como al articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal el Trabajo, observa que la transacción cumple los requisitos señalados en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9, 10 de su Reglamento, por consiguiente este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; en tal sentido se acuerda la devolución del material probatorio, y asimismo se declara terminada el presente acto, dejándose establecido que se dará por terminada la causa y se ordenará el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la obligación. Déjese copia de la presente acta como medio de auto composición procesal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:



El Juez

El Secretario

Abg. Ruth Pernia
Abog. Gloria Medina




Los Presentes




INES TERESA MATA GARCIA,

IBETH DEL VALLE RENGIFO,



FERNANDO DA SILVA VIEIRA CHA-CHA,




RAFAEL ISIDRO VIVAS ZAMBRANO