REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de enero de 2008
197º y 148º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-005422
PARTE ACTORA: ENDER LARA, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.869.973 (NO COMPARECIO)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANA VERONICA SALAZAR, MICKEL AMEZQUITA PION y GERMAN MORALES ( NO COMPARECIO)
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTES PARACAIMA S.R.L.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HERACLIO GHERSI OSIO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
En el día de hoy 29 de Enero de 2008, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que compareció el ciudadano HERACLIO GHERSI OSIO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.572, en su carácter de apoderado de la empresa TRANSPORTES PARACAIMA S.R.L., parte demanda en la presente causa, según consta en instrumento poder que en este acto consigna en original y copia a los fines de su constatación y devolución.- Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora y sus apoderados por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.- Años 197 ° y 148°.
La Juez
Gloria García Guzmán
El apoderado parte demandada
La secretaria
Gloria Medina
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