REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de enero de 2008
197º y 148º



PARTE ACTORA: PABLO SANTIEL COUTTENYE, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.136.532.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JORGE TAHAN BITTAR, HUGO ENRIQUE TREJO, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 7.603 y 111.415, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: COUTTENYE & Co S.A., sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 04 de abril de 1967, bajo el N° 45, Tomo 16-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOAQUIN DIAZ-CAÑABATE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80


Han subido a esta superioridad las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 21 de septiembre de 2007 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha veinticuatro (24) de enero de dos mil ocho (2008), se procede a reproducir el contenido integro del fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:

Como quiera que en fecha 24 de enero de 2008 tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandada apelante y de la comparecencia de la parte actora, en consecuencia este Juzgador, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistida la apelación, y ordena la remisión del expediente al Tribunal de la causa, quedando firme la decisión de primera instancia de fecha 21 de septiembre de 2007. En tal sentido, este Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación intentado por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio incoado por el ciudadano Pablo Santiel Couttenye contra Couttenye & Co. S.A. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia queda firme la decisión dictada por el A-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Tribunal de la causa. Se condena en costas a la parte demandada apelante.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil ocho (2008). Años 197º y 148º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.


EL JUEZ,

MARCIAL MUNDARAY SILVA


LA SECRETARIA,



NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.


LA SECRETARIA,