En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:00 p.m, comparecen los ciudadanos supra identificados y solicitan celebrar la audiencia preliminar la cual estaba fijada para el día 21 del presente mes y año. La ciudadana Juez, acuerda lo peticionado y declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo pagando al trabajador CARLOS PEREZ, titular de la cédula de identidad No.12.139.355, la cantidad de Bs.6.843.876,01 mediante cheque No.61873501 del Banco Caroni de fecha 20-12-2007 a nombre del trabajador actor; el trabajador, ya identificado y su abogada asistente, manifiesta que acepta el monto por cuanto los conceptos demandados fueron depurados y con dicho monto la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales demandados.