REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 16 de enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO : DP11-L-2007-001116
ACTA
PARTE ACTORA: SUGHEY CAOLINA PANTOJA MIRABAL, KAROL MIDALY ROBLES GARCIA y CEMARYRIS JOSEPHI SERRANO GUEVARA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.144.471, 15.609.040 y 18.232.777 respectivamente.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAUL LAZO inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.295.
PARTE DEMANDADA: ESTILO ORIENTAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ ANTONIO OCHOA y MERCEDES MARÍA MARTINEZ NAVARRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 67.254 y 67.506 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS SOCIALES.
En el día de hoy, siendo las 02:00 p.m. oportunidad para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar comparecen los apoderados antes identificados y la ciudadana SUGHEY CAROLINA PANTOJA MIRABAL, plenamente identificado en autos. La ciudadana Juez, una vez verificada la asistencia de las partes dio inicio a la audiencia, y en este estado el Tribunal deja constancia de que la mediación arrojo resultados positivos alcanzándose acuerdo entre las partes, quienes haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos y de la función mediadora desarrollada por este Despacho deciden conciliar el presente asunto, conforme lo establece el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo acorde con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y lo hacen en los términos siguientes: La parte actora reconoce haber recibido por parte de la accionada el pago del concepto prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional así como las utilidades correspondientes al período laborado. La representación de la parte demandada con el objeto de poner fin al presente procedimiento y con base a los pagos efectuados y reconocidos por el accionante, ofrece pagar la cantidad siete mil quinientos ventidos tres bolívares fuertes con sesenta y un céntimos (Bs.F. 7.523,00) cantidad este que se discrimina de la siguiente forma: Para KAROL MIDALY ROBLES GARCÍA, dos mil setecientos noventa y tres bolívares fuertes (Bs.F. 2.793,00); para SUGHEY CAROLINA PANTOJA MIRABAL, dos mil cuatrocientos sesenta y un bolívares fuertes (Bs.F. 2.461,00) y para CEMARYIRIS JOSEPHI SERRANO, dos mil doscientos sesenta y nueve bolívares fuertes (Bs.F. 2.269,00), todos estos montos pagaderos el día 18 de enero de 2008 a las 09:00 a.m. por ante la U.R.D.D de este Circuito Judicial Laboral. Las cantidades antes descritas corresponden al pago por concepto de días feriados, días domingos y horas extras. En este estado, la representación de la parte actora, anteriormente identificado, manifiesta que acepta el ofrecimiento formulado en este acto en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que con la celebración de este acuerdo se han satisfecho todas las pretensiones de carácter laboral que tenía contra la demandada no quedándole ésta a deber por ningún otro aspecto ni de carácter labora, civil, penal o de otra índole. En tal sentido se deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez que conste en autos el pago acordado. Se deja constancia que en este acto le son entregadas a las partes los escritos de promoción de pruebas y sus anexos consignados al inicio de la Audiencia Preliminar y se declara concluida la misma. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 03:00 p.m. de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
ABG. SORY MAITA GONZÁLEZ
LA PARTE ACTORA Y LA CIUDADANA SUGHEY CAROLINA PANTOJA MIRABAL
POR LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO,
ABG. HAROLYS PAREDES
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