En el día de hoy Viernes 11 de Enero de 2007, siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparecen en su condición de parte actora el Apoderado Judicial MARCO ANTONIO CUBA VIVAS, supra identificado. Por la parte demandada, comparece Apoderado Judicial Abogado MANUEL TORREALBA, identificado supra. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora a fin de poner fin al presente procedimiento, la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 8.500,00), para ser pagados en éste mismo acto, en la sede del Tribunal a través de cheque librado a nombre del trabajador Nro. 07253497, de fecha 11 de Enero de 2008, girado contra la cuenta corriente Nro. 0137-0041-99-0000052171, del Banco Sofitasa. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales del año 2005, y Salarios Caídos. En éste estado la parte actora oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con los montos ofrecidos y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio.