Hoy, martes veintiséis (26) de febrero de 2008, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.) día y hora fijado, para que tenga lugar LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto. Se deja expresa constancia que por la parte actora compareció los co apoderados judiciales OLIMPIA PULIDO MAÑON, INPREABOGADO y Abg. OPHIR CEPEDA, INPREABOGADO Nro. 99.707 y 98.957 respectivamente, y por la parte demandada el apoderado judicial de SERVICIOS AVICOLAS, C.A., ABG. ANTONIO FRANCISCO MUÑOZ AMAYA, Inpreabogado Nº 13.758, quienes en este acto, a los fines de dar por terminado el presente procedimiento judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica del Trabajo, a efectos de evitar cualquier litigio o diferencia sobre los derechos de LOS TRABAJADORES, de común acuerdo y libres de constreñimiento alguno, como arreglo total y definitivo de todos los conceptos que le corresponden bajo los siguientes términos: CLÁUSULA PRIMERA: LA EMPRESA en este acto ofrece un pago único por la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs.F 15.000,00) para el día martes dieciocho (18) de marzo de 2008 a las diez de la mañana(10:00 a.m.), por ante este tribunal, por las indemnizaciones correspondiente a la Ley Orgánica del Trabajo y la Ley Orgánica de Previsión Condiciones y Medio Ambiente del trabajo. En este acto los co apoderados judiciales, Abg. OPHIR CEPEDA y Abg. OLIMPIA PULIDO; Inpreabogado Nro. 98.957 y 99.707 respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano PEDRO ENRIQUE ARANDA RIOS, C.I V-12.482.456 acepta en nombre de su representada (parte actora en el presente proceso) y debidamente autorizado para ello, la cantidad aquí ofrecida, así como el termino aquí solicitado. Las partes solicitamos del Tribunal, que imparta la HOMOLOGACION de la presente transacción laboral, en virtud de que el mismo no menoscaba los derechos laborales del trabajador, dando por terminado el presente juicio, y solicitan que ordene el cierre y archivo del expediente, una vez que conste en autos el pago.
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