REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 19 de Febrero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : NK01-P-2003-000199
ASUNTO : NK01-P-2003-000199


Vista la solicitud interpuesta por la Abogado Descree Núñez, en su carácter de Defensora pública del penado KLEIDER EDMAURY MORENO TORRENS, quien disfruta de la medida alternativa de cumplimiento de pena de Confinamiento, quien fue condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO VEHICULO, Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el Artículo 5 en concordancia con el 6 de la Ley Sobre el Hurto y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y 278 del Código Penal venezolano; donde solicita el cambio de lugar de presentaciones que le fue impuesto en virtud de que el organismo designado por este Tribunal no existe, en tal sentido este Tribunal para decidir observa:

En fecha 18-01-2008 este Tribunal acordo otorgar al penado KLEIDER EDMAURY MORENO TORRENS, la medida alternativa de cumplimiento de pena denominada confinamiento, y compareció a la Sede del Tribunal el penado, y se comprometió a cumplir con la obligación impuesta en la prenombrada decisión, debiendo Presentarse cada 08 días ante el Puesto Policial ubicado en la Urbanización Simón Rodríguez, Caracas, Distrito Capital, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 53 y 20 ambos del Código Penal.-

En tal sentido, vista que la solicitud de cambio de sitio de presentación para cumplir con una de las obligaciones del confinamiento, formulada por la defensa del penado KLEIDER EDMAURY MORENO TORRENS, se fundamenta en que su representado ha asistido a diferentes puestos policiales, no existiendo ninguno con ese nombre y no le permiten presentarse porque el oficio no va dirigido a esas instituciones, por lo que solicita se sirva dirigir oficio directamente a uno de los sitios que se anexan (Donde ha ido a presentarse y no se lo han permitido) y se designe nuevamente correo especial a su madre Mirian Josefina Torrens de Moreno,

En tal sentido lo ajustado a derecho es Acordar el cambio de lugar de presentación para cumplir con el Confinamiento, impuesta en fecha 18-01-2008 donde se estableció que debía Presentarse cada 08 días ante el Puesto Policial ubicado en la Urbanización Simón Rodríguez, Caracas, Distrito Capital y quien en lo adelante deberá presentarse cada 08 días ante la Sub-Delegación del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Simón Rodríguez, Caracas, Distrito Capital.


En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de cambio de residencia para confinamiento, interpuesta por el penado, ciudadano KLEIDER EDMAURY MORENO TORRENS, y en consecuencia a partir de la notificación de la presente decisión deberá presentarse cada 08 días ante la Sub-Delegación del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Simón Rodríguez, Caracas, Distrito Capital. Se designe correo especial a la ciudadana Mirian Josefina Torrens de Moreno a fin de hacer entrega del Oficio ante la Sub-Delegación del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Simón Rodríguez, Caracas, Distrito Capital; en consecuencia líbrese el correspondiente Oficio y hágase entrega del mismo a la ciudadana Mirian Josefina Torrens de Moreno

Notifíquese la presente decisión al penado, a su defensa, Fiscal penitenciario, al Jefe de la Sub-Delegación del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Simón Rodríguez, Caracas, Distrito Capital, quien debe informar los días treinta (30) de cada mes, al tribunal en relación a la presentación del Imputado. Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. DORIS MARÍA MARCANO GUZMÁN

La Secretaria