En horas de despacho del día de hoy, 27 de febrero del 2008, presente por ante este Despacho la ciudadana SULIMA BEYLOINE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.377.841, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.067 y de este domicilio, procediendo en este acto en mi carácter de Apoderado Judicial de la parte ACTORA, representación invocada que consta en autos, y expone: “Por cuanto la parte demandada RAMON VICENTE CHACON, ha cancelado a mi representada las cantidades de dinero adeudadas, desisto del presente procedimiento y de la acción, y solicito de este Tribunal se sirva suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar que pesa sobre el inmueble Hipotecado y se libera la Hipoteca Convencional y de Primer Grado que pesa sobre los inmuebles identificados en autos. Es todo” Termino, se leyó y conformes firman.
LA DILIGENCIANTE (firma ilegible)
LA SECRETARIA
Abg. Maria del Rosario González (firma legible)
Exp. N°007851
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