REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 2
Caracas, 11 de febrero de 2008
197° y 148°
CAUSA N° 2008-2498
JUEZ PONENTE: DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA AFONSO DE PONTE, Fiscal Primera del Ministerio Público con Competencia de Defensa Ambiental a Nivel Nacional, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de enero de 2008, por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de Medida Precautelativa.
DE LA ADMISIBILIDAD
Observa este Colegiado, revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, que el recurso de apelación fue ejercido con cualidad para ello, siendo consignado en tiempo hábil para su interposición. Así mismo, aún cuando la recurrente impugna la decisión recurrida en base al ordinal 6° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, la misma señala que tal decisión le causa un gravamen irreparable, apreciándose un error material en cuanto al señalamiento del numeral, siendo lo correcto el numeral 5° de la referida norma, como lo estimará esta Sala para resolver el recurso, conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no encontrándose dentro de las expresamente señaladas por la Ley como inimpugnables o irrecurribles; razón por la cual esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, declara ADMISIBLE el recurso intentado, y pasa a conocer el fondo del recurso planteado a tenor de lo establecido en el primer aparte del artículo 450 del texto adjetivo penal.
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA AFONSO DE PONTE, Fiscal Primera del Ministerio Público con Competencia de Defensa Ambiental a Nivel Nacional, y pasa a conocer el fondo del recurso planteado a tenor de lo establecido en el primer aparte del artículo 450 del texto adjetivo penal.
Regístrese y déjese copia.
EL JUEZ PRESIDENTE
DR. OSWALDO REYES CAMACHO
LA JUEZ
DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
(Ponente)
LA JUEZ
DRA. ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ANATO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ANATO
Exp. 2008-2498
ORC/BAG/EJGM/LA/rch