ACTA

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2007-000952
PARTE ACTORA: JUANA ISABEL MARCANO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.358.920.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: TRIXIMAR MUNDARAIN, en su carácter de Procuradora de Trabajadores, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.772.
PARTE DEMANDADA: CARMEN BRITO, BERILING BOLÍVAR, COOPERATIVA RIO DE AGUA VIVA 564, RL, ROSA GUZMÁN, JESÚS PALMARES, CARMEN ROMERO, CRUZ RAMÍREZ y ALIDA TOVAR
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ADRIANA TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.814.772, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.890.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.


En el día de hoy miércoles veinte (20) de febrero de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron a la misma la ciudadana JUANA ISABEL MARCANO RODRIGUEZ, identificada al inicio de esta acta quien actúa como parte actora, debidamente asistida de la abogada TRIXIMAR MUNDARAI en su carácter de Procurador de Trabajadores, compareció igualmente la abogada ADRIANA TRUJILLO en su carácter de apoderada de la parte demandada, así como la ciudadana ALIDA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Números 4.620.235 , en su carácter de Presidenta de la Cooperativa demandada, continuándose así la audiencia.
En este estado la ciudadana JUANA ISABEL MARCANO RODRÍGUEZ, desiste de la acción y del procedimiento de cobro de Prestaciones sociales intentado contra la COOPERATIVA RIO DE AGUA VIVA 564, RL, y contra las ciudadanas CARMEN BRITO, BERILING BOLÍVAR, COOPERATIVA RIO DE AGUA VIVA 564, RL, ROSA GUZMÁN, JESÚS PALMARES, CARMEN ROMERO, CRUZ RAMÍREZ y ALIDA TOVAR. Este Tribunal vista la manifestación de la parte actora y por cuanto este tribunal evidencia que de las conversaciones sostenidas en la audiencia se verificó que ciertamente la Cooperativa demandada la ingresó como miembro de la misma y los pagos que se le hacían estaban por encima de los ingresos normales de un trabajador con salario mínimo, homologa el desistimiento de la acción y del procedimiento que hace la prenombrada ciudadana, y en consecuencia de ello le confiere fuerza de Cosa Juzgada. En este estado interviene la abogada ADRIANA TRUJILLO en su carácter de apoderada de la COOPERATIVA DE AGUA VIVA 564, RL y de las ciudadanas Carmen Brito, Berlin Bolívar, Jesús Palmares y Cruz Ramírez, quien manifiesta que visto el desistimiento planteado por la demandante Ciudadana JUANA ISABEL MARCANO debidamente asistida de abogado, acepta el desistimiento de la acción y del procedimiento y en consecuencia de ello exonera de honorarios profesionales y costas procesales a la ciudadana Juana Isabel Marcano, en su carácter de demandante y pide al Tribunal le confiera carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal vista la manifestación de las partes, y por cuanto la parte actora desiste de la acción y del procedimiento y por cuanto este tribunal evidencia que de las conversaciones sostenidas en la audiencia se verificó que ciertamente la ciudadana JUANA ISABEL MARCANO RODRIGUEZ, no obstante que ingresó a prestar servicios como una trabajador más de la cooperativa, no aparece registro alguno donde aparezca tal condición, sin embargo de los pagos que se le realizaron se observó que ciertamente los mismos eran en la misma proporción que las socias legalmente registradas como tales, y por encima de los ingresos normales de un trabajador con salario mínimo, máxime cuando Ley de Cooperativa prevé que aquellos trabajadores que prestan servicios por un periodo superior a seis meses, los hace acreedores del derecho de exigir su condición como socios de la Cooperativa, manifestación esta que fue realizada por la demandante, motivo por el cual este Tribunal homologa el desistimiento de la acción y del procedimiento que hace la prenombrada ciudadana, y en consecuencia de ello le confiere Fuerza de Cosa Juzgada

LA JUEZA



Abog. MILADYS SIFONTES DE NESSI

LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA



El Secretario