REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

Vista la presentación de los imputados: FRANCSICO JAVIER CASTRO RODRIGUEZ y LUIS ANTONIO LIMPIO ARANA (plenamente identificados en autos), asistidos por las Defensoras Privadas Abg. CARMEN JULIA TOCUYO y JENNIFER JOHANA HERNANDEZ; por parte del Fiscal 8º del Ministerio Público del Estado Aragua, Abogado LEOBARDO RONDON; por la presunta perpetración del delito, tipificado ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el Tercer aparte del artículo 357 del Código Penal; por las circunstancias de modo, tiempo y lugar expuestos en forma oral en la Audiencia respectiva, la Fiscal solicito se acordara una Medida Privativa de Libertad en contra de los referidos imputados, por estar llenos los extremos de los articulo 250 ordinales 1º, 2º y 3º y el 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; la aplicación del Procedimiento Ordinario y se acordara la detención como flagrante; a tal efecto este Tribunal dicto decisión en los siguientes términos:

Al folio tres y su vuelto (03 y vto) del presente expediente, corre inserta Acta Policial, fecha 13 de Febrero del presente año, suscrita por el SUN INSPECTOR (PA) DIAZ ALIANTON, adscrito al Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua, Comisaría de San Mateo, quien deja constancia de la siguiente diligencia policial “….. Siendo las 06:30 horas de la mañana encontrándome de servicio y en labores de patrullaje.., de recorrido por el Barrio Las Flores, cuando adyacente al puente de flores avistamos a cuatros, uno de ellos armado corriendo en veloz carrera hacia la siembra de maizales que se encuentran cerca de la autopista.., procedimos a perseguirlos logrando la captura de dos de ellos dentro de la siembra.., incautándole a uno de ellos quien vestía para el momento una camisa de color blanca con mangas de color verde, pantalón jeans y zapatos de color marrón, un arma de fuego tipo escopeta recortada en la mano derecha; y el otro ciudadano quien se encontraba vestido para el momento pantalón blue jean, guayabera de color naranja con camiseta de color negro, zapatos de marca Niké color azul y blanco, quien portaba un bolso de color negro en su interior dos celulares…, posteriormente nos trasladamos hasta la unidad que se encontraba debajo del puente del bario las flores, cuando avistamos a varios ciudadanos y a una unidad colectiva que se encontraba en la autopista los cuales nos indicaron que habían sido objeto de un robo en dicha camioneta en la cual viajaban de Turmero con destino hacia la ciudad de Caracas y que los sujetos que trasladábamos hasta la unidad se encontraban involucrados en el robo siendo señalados como los que lo habían despojado de todas sus pertenencias…., los aprehendidos quedaron identificados como LIMPIO ARANDA LUIS ANTONIO… Y FRANCISCO JAVIER CASTRO RODRIGUEZ…..”.-

Al folio siete (07) del presente expediente, corre inserta Denuncia Común, de fecha 13 de Febrero del presente año, rendida por el ciudadano SOTO PARRA JOSE LUIS ALBERTO, quien entre otras cosas manifestó: “…. Yo trabajo en la línea de trasporte Turmero Maracay, en la unidad Nº 48 y a eso de las 06:20 horas de la mañana salí de Turmero hacia Caracas y cuado iba en la autopista específicamente frente a la estación de servicio LA Morocha cuatro pasajeros se pararon uno de ellos se sentó en la tapa apuntándome con un arma de fuego tipo pistola, de color plateada, este sujeto era de piel moreno claro de aproximadamente 24 años, con e cabello rebajado vestido con una camisa manga corta con algo decorativo en las mangas y comenzaron a quitarle las pertenencias a los pasajeros.. y cuando íbamos frente al puente del barrio las flores me indicaron que me parara y procedieron a bajarse de la unidad ……”.-

Al folio ocho (08) del presente expediente corre inserta Acta de Entrevista, de fecha de fecha 13 de Febrero del presente año, rendida por el ciudadano CASAS HINESTROSA AMBRIOSO, quien entre otras cosas manifestó: “…. Yo me encontraba trabajando en la camioneta nº 48 de la línea Turmero Maracay como colector y salimos desde Turmero hacia Caracas a eso de las 06:20 mas o menos y cobre a todos los pasajeros pero cuando veníamos en la autopista cuatro pasajeros se pararon encañonando al chofer uno de ellos con una pistola de color gris, era un muchacho moreno con camisa blanca con una rayas en las mangas y otro tenía encañonado a los pasajeros con una escopeta recortada…”.-

Al folio diez (10) del presente expediente corre inserta Acta de Entrevista, de fecha de fecha 13 de Febrero del presente año, rendida por el ciudadano SUAREZ MUJICA VLADIMIR ILICH, quien entre otras cosas manifestó: “…. Viniendo en una camioneta desde Turmero hacia Caracas con 32 pasajeros con mi esposa e hija en la vía se levantaron cuatro sujetos portando una rama larga tipo escopeta, otro con un arma corta, amenazando a los pasajeros de muerte y despojándonos de nuestras pertenencias, bajándose en el puente las flores en plena autopista…..-
DECISIÓN
Después de oír las deposiciones de las partes y haber revisado el contenido de las actas procésales, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, considera que la imputación realizada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado Aragua, se encuentra subsumida dentro de los parámetros legales; ya que se desprenden suficientes elementos de convicción en contra de los aludidos imputados, para asegurar que su responsabilidad penal se encuentra comprometida en la perpetración del hecho punible que dieron origen a la presente causa, precalificando esta Juzgadora el tipo penal como ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el Tercer aparte del artículo 357 del Código Penal; por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados: FRANCISCO JAVIER CASTRO RODRIGUEZ, quien es venezolano, de 20 años de edad; de estado civil Soltero; profesión u oficio Obrero; titular de la cédula de identidad Nro. V-19.864.802 y residenciado en: Calle Villa Pol casa sin número cerca de la U.E. Medina Angarita , San Mateo, Estado Aragua; y, LUIS ANTONIO LIMPIO ARANA, quien es venezolano, de 19 años de edad; de estado civil Soltero; profesión u oficio Obrero; titular de la cédula de identidad Nro. V-19.594.043 y residenciado en: Barrio Orope Calle Buena Vista Nro. 33, San Mateo, Estado Aragua; por el delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el Tercer aparte del artículo 357 del Código Penal. Se decreta la detención como flagrante. Se niega la solicitud formulada por la Defensa en cuanto a la desaplicación de la Medida Privativa de Libertad, por cuanto están llenos los extremos del artículo 250 ordinales 1º, 2º y 3º y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, aunado a ello existe el peligro de fuga y por la magnitud del daño causado y la pena que pudiera llegar a imponerse. Se ordena como sitio de reclusión para los aludidos imputados el Centro de Atención al Detenido (ALAYON). Se ordena la remisión de la causa a la Fiscalía Octava del Ministerio Público de este Estado, a los fines de que dicte el acto conclusivo correspondiente. Se deja constancia que la presente decisión fue dictada en presencia de las partes quedando debidamente notificadas. Cúmplase. Líbrense Boleta de Privativa de Libertad. Ofíciese lo conducente.-