N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-000358
PARTE ACTORA: NANCY COROMOTO BOLIVAR BARBOSA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MAYERLING JUNCO
PARTE DEMANDADA: AREPERA RESTAURANT EL MIRANDINO, S.R.L.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS OSTOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de Febrero de 2008, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma la ciudadana NANCY COROMOTO BOLIVAR BARBOSA, titular de la cédula de identidad Nro.- 14.021.182, debidamente representada por su apoderada judicial abogada MAYERLING JUNCO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 92.920, y el ciudadano JOAO GOMES, titular de la cédula de identidad Nro.- E- 81.246.119, en su carácter de Director-Gerente, debidamente asistido por el abogado LUIS OSTOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 11.753; dándose inicio a la Audiencia. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra la parte demandada debidamente asistida y expone: A los fines de de dar por terminado el presente procedimiento ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de Bs.F.450,00, en dinero efectivo, por los conceptos y cantidades reclamados, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora y expone: Recibimos en este acto a entera y cabal satisfacción la cantidad ofrecida en este acto, y con el pago mencionado nada queda a deber la parte demandada por ningún concepto demandado, es todo. Ambas partes manifiestan que a la cantidad que se llega en este acto, es solo a los fines de llegar a un acuerdo; asimismo manifestamos estar en conocimiento del error presentado en el escrito libelar al momento de sumar los conceptos demandados, y estar conformes con su contenido. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .
La Juez

La Secretaria
Nereida Hernández González

Luisa Rosales