REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 14° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de febrero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO : AP21-S-2006-002599
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, contentivo de la solicitud de calificación de despido incoada por el ciudadano MIGUEL ANTONIO SISO GONZALES, titular de la cédula de identidad Nro. 11.240.524, se observa que la última actuación de la parte actora fue el día 19 de septiembre de 2006 y del Tribunal el 18 de octubre de 2006.
Realizado el cómputo de los días transcurridos desde la fecha indicada hasta la presente fecha, se obtiene como resultada un lapso mayor a un (1) año, sin que haya actuación de las partes ni del Tribunal.
Ello trae como consecuencia, la extinción de la instancia de pleno derecho, de conformidad con el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la perención en el presente juicio.
La Jueza
La Secretaria
Abog. Olga Romero
Abog. Keyu Abreu
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