REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, Veintiocho (28 ) de Febrero de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-001778
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, verifíquese los registros, acéptese y désele entrada. Vista la solicitud presentada por los ciudadanos MARLENE FERREIRA PESTANA y JUAN CARLOS DE OLIM PINTO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V- 14.906.186 y V- 14.870.948, respectivamente, debidamente asistidos de Abogado, en la cual solicitaron su SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil; esta Sala de Juicio la ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA legalmente la Separación de Cuerpos y Bienes de los mencionados ciudadanos, en los mismos términos y condiciones por ellos expresados en su escrito de Solicitud. Expídase por Secretaria copias certificadas de la Solicitud con inserción del presente auto y entréguese a los interesados. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ.
Abg. ENOE M. CARRILLO CASTELLANOS.
LA SECRETARIA,
Abg. LENNI CARRASCO.
ECC//LC//malena*
Motivo: Separación de Cuerpos y Bienes.