REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 29 de febrero de 2008
197° y 149°
Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos JONATTAN JOSE RADA Y CAROLINA GONZÁLEZ LÓPEZ, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Números. V- 11.665.814 Y 12.626.877, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio LAURA ELENA FUENMAYOR H, mayor de edad, de este domicilio, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 70.501 désele entrada y anótese en el Libro de Causas bajo el Nº 35.012 En consecuencia, se admite cuanto a lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley. Este juzgado exhortó a los cónyuges antes identificados a la reconciliación sin lograrse la misma, por lo cual DECRETA, LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos y condiciones por ellos señalados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 189 Y 190 del Código Civil, en concordancia con el articulo 762 del código de procedimiento civil.- Expídase por Secretaria copias certificadas de la solicitud con inserción del presente auto.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ANA ELISA GONZALEZ
LA SECRETARIA.,
DIANA MENDEZ MORELO
Se publico el decreto de Separación de cuerpos y bienes siendo las 3:00 p.m., y se dejo copia autorizada.
LA SECRETARIA
AEG/ DMM/Katiusca
Exp.:35.012.-
SENTENCIA Nº DECIMO-08-01A
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