Sentencia Definitiva
Expediente Nº 25.413
REPÚBLICA BOLÍVARIAN DE VENEZUELA
JUZGADO DUODEDCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ___________________
Años 197° y 149°
PARTE SOLICITANTE: MARCELLA SCARDAPANE DE MARCHESANI, de nacionalidad italiana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número E-911.027, quien actúa en nombre de su hijo ciudadano CESARIO MARCHESANI SCARDAPANE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.952.702.
ABOGADO ASISTENTE: AIRAM V ESCALONA IBARRA, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 80.338.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Visto el escrito presentado por la ciudadana MARCELLA SCARDAPANE DE MARCHESANI, quien actúa en nombre de su hijo ciudadano CESARIO MARCHESANI SCARDAPANE, supra identificados, debidamente asistida por la abogada AIRAM V ESCALONA IBARRA, por medio de la cual solicitan la Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano CESARIO MARCHESANI SCARDAPANE, acta esta llevada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal hoy Municipio Libertador del Distrito Capital, acta Nº 535, folio 268 del año 1968, por cuanto en la misma se asentó erradamente el segundo apellido del padre del solicitante como NICOLA MARCHESANI DEL BORELLO, siendo esto incorrecto. Para probar consignó el acta de nacimiento errada y datos filiatorios. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena a la Parroquia Sucre Departamento Libertador del Distrito Federal hoy Municipio Libertador del Distrito Capital, a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error de la siguiente manera: donde dice NICOLA MARCHESANI DEL BORELLO debe decir NICOLA MARCHESANI DELBORELLO. Y así se declara. Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrese oficio.-
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, _____________________Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
EL JUEZ,
LUIS TOMAS LEÓN SANDOVAL EL SECRETARIO,
MUNIR SOUKI
EXP. N° 25.413
LTLS/MS/adp-03
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