REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCIONES DE PRIMERO DE EJECUCIÓN
Maracay, 25 de Febrero del año 2008
197° y 148°

EXPEDIENTE N° 1E-842-08
PENADOS: JOSE ANTONIO ZAMBRANO ZAMBRANO
DELITO: APROVECHAMIENTO DE VEHICULO
PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO DE
VEHICULO AUTOMOTOR
DECISION: EJECUCIÓN DE LA PENA

Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por el Tribunal de Primera Instancia en función de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 19-12-2007, mediante el cual condenó al penado: JOSE ANTONIO ZAMBRANO ZAMBRANO, identificado con la cédula de identidad N° V-18.779.099, y residenciado en BARRIO LOS COCOS, CALLE EL JOBO CASA Nº 14, MARACAY, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Especial, más las accesorias legales establecidas en el artículo 16 Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, 480, 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Según consta en autos que los penados JOSE ANTONIO ZAMBRANO ZAMBRANO, identificado con la cédula de identidad Nº V-18.779.099, y residenciado en BARRIO LOS COCOS, CALLE EL JOBO CASA Nº 14, MARACAY, ESTADO ARAGUA, fue detenido por primera y única vez el día 07-10-2007, hasta el día 10-12-2007, cuando se les otorgo medida cautelar sustitutiva de libertad, por lo que estuvieron detenidos por un lapso de DOS (02) MESES Y TRES (03) DIAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y VENTISIETE (27) DIAS, fecha en que terminará de cumplir la pena principal el día 22 DE JUNIO DEL 2009.
Líbrese Boleta de Citación y de Traslado, remítase copias certificadas del presente auto de Ejecución al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, al Jefe de Ejecución y Vigilancia de Sanciones Penales, y a la División de Antecedentes Penales. Notifíquese al Fiscal Penitenciario, al Defensor. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. LORENA MORENO MORILLO

LA SECRETARIA,


ABG. DORITA DE FREITAS VIEIRA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-



LA SECRETARIA,


ABG. DORITA DE FREITAS VIEIRA



CAUSA Nº 1E-842-08
LMM/dorita.-