REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE
TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracay, 12 de Febrero de 2008.
197° y 148°
CAUSA: 3E-0783-03
PENADO: GUERRA GODOY JOSE GREGORIO
VICTIMA: NICOLAS A PINA DIAZ, ALIA MOLINA Y MARIA SALCEDO
DELITOS: HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES PERSONALES
DECISION: PENA CUMPLIDA

Revisada como ha sido la presente causa, observa esta Juzgadora, que según constancia de finalización, de fecha 30-11-2007, proveniente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, suscrito conjuntamente por la Lic. IRIS TOVAR (Jefe de la Unidad) y el Abg. DENNIS REQUENA (Delegado de Prueba), donde establece que el penado GUERRA GODOY JOSE GREGORIO , titular de la cédula de identidad N° V-13.356.903 , cumplió la pena principal que le fue impuesta por el delito de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES PERSONALES LEVES , previstos y sancionados en los Artículos 411 Y 418 del Codigo Penal , estableciéndose como pena a cumplir por dichos delitos a DOS AÑOS , UN MES Y DOCE DIAS DE PRISION , hecho ocurrido en perjuicio de Arturo Reinaldo Piña Flores (occiso) y Alis Maria Molina , asi mismo observando que a la fecha el penado ha cumplido con las condiciones impuestas cuando le fue otorgado el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena , razón por la cual se encuentra extinguida su responsabilidad criminal , de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105 del Codigo Penal, Asi se declara .