REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE
TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracay, 12 de Febrero de 2008.
197° y 148°
CAUSA: 3E-1010-06
PENADO: PEREZ ERASMO ANTONIO
VICTIMA: JAIRIMAR ALEJANDRA CEPEDA
DELITOS: ULTRAJE AL PUDOR
DECISION: PENA CUMPLIDA
Revisada como ha sido la presente causa, observa esta Juzgadora, que según constancia de finalización , de fecha 09-11-2007, proveniente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, suscrito conjuntamente por la Lic. IRIS TOVAR (Jefe de la Unidad) y el Abg. MAGLIND CAMEJO (Delegado de Prueba), donde establece que el penado PEREZ ERASMO ANTONIO , titular de la cédula de identidad N° V-2.567.662 , cumplió la pena que le fue impuesta por el delito de ULTRAJE AL PUDOR , previsto y sancionado en el Artículo 382 del Codigo Penal , estableciéndose como pena SEIS (06) MESES DE PRISION , asi mismo observando que a la fecha el penado ha cumplido con las condiciones impuestas cuando le fue otorgado el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena , razón por la cual se encuentra extinguida su responsabilidad criminal , de conformidad con lo dispuesto en el articulo 105 del Codigo Penal, Asi se declara .
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