REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 196° y 147°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-002915
En el día hábil de hoy JUEVES 21 DE FEBRERO DE 2008 siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana JUANA EVANGELINA GONZALEZ contra la Sociedad Mercantil ISERCA INTEGRAL DE SERVICIOS, C.A. En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se AVOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la abogada GREYSI MARIA CORONIL ARANGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.524, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, quien presenta Escrito de PROMOCIÓN DE PRUEBAS constante de DOS (02) FOLIOS UTILES y DOS (02) ANEXOS constantes de Dos(02) FOLIOS UTILES, asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno por lo que este Tribunal DECLARA LA PRESUNCIÓN DE LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por la parte actora de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por lo que, quien aquí decide, con base a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 06 de mayo de 2005, difiere su pronunciamiento dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
ANABELLA FERNANDES
LA SECRETARIA
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