REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CON SEDE EN CAGUA
197º Y 148º
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 07-14552

MOTIVO: DIVORCIO 185-A.

PARTES: ROSA YSABEL LOPEZ GONZALEZ y FLORENTINO MATIAS BOLIVAR ROJAS, mayores de edad, de este domicilio, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-11.052.096 y V-7.286.035, respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: ROSAURA DELGADO, de este domicilio, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.978.
- I -
En fecha TRECE (13) de DICIEMBRE de 2007, comparecieron por ante este Tribunal los Ciudadanos: ROSA YSABEL LOPEZ GONZALEZ y FLORENTINO MATIAS BOLIVAR ROJAS, mayores de edad, de este domicilio, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-11.052.096 y V-7.286.035, respectivamente; y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de CINCO (05) AÑOS están separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. Que de dicha Unión Matrimonial NO PROCREARON hijos. En cuanto a los Bienes no existen por lo que no hay nada que liquidar.

Admitida la Solicitud en fecha DIECIOCHO (18) de DICIEMBRE de 2007, y debidamente Notificado el Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante Boleta, siendo debidamente notificado, según se evidencia de diligencia consignada por el Alguacil Títular de éste Despacho en fecha ONCE (11) de ENERO del 2008; Y siendo la oportunidad legal para decidir, el Tribunal observa:

De la revisión de las Actas que conforman el presente Expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los Ciudadanos: ROSA YSABEL LOPEZ GONZALEZ y FLORENTINO MATIAS BOLIVAR ROJAS, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado.
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-II-
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: ROSA YSABEL LOPEZ GONZALEZ y FLORENTINO MATIAS BOLIVAR ROJAS, mayores de edad, de este domicilio, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-11.052.096 y V-7.286.035, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron en fecha DIECINUEVE (19) de Noviembre del año Mil Novecientos Noventa y Tres (1993), según se evidencia del ACTA de Matrimonio asentada bajo el Número 174, en los Libros de Registro Civil de MATRIMONIOS llevado por ante el Despacho de la Prefectura del Municipio Zamora (hoy Registro Civil de Villa de Cura del Municipio Zamora) del Estado Aragua, durante el año Mil Novecientos Noventa y Tres (1993), la cual fue consignada y cursa al Folio CUATRO (04) de la presente solicitud.


PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencia llevado por este Tribunal.

Dada, Sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con Sede en Cagua, a los CATORCE (14) días del mes de FEBRERO de 2008. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO,

Abog. CAMILO CHACÓN HERRERA

En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 02:00 P.m.

EL SECRETARIO,

Abog. CAMILO CHACÓN HERRERA
Expediente Nº 07-14552
EPT/cchh/lsm