JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE Nº: 06-13.185

PARTES SOLICITANTES: YOERLY YUSMILA GUTIERREZ y MIGUEL ANTONIO ESTRADA DE LA HOZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.536.329 y V-14.636.905 respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: ROSAURA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.978.

MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS CONVERTIDA EN DIVORCIO

I
En fecha 07 de Abril de 2.006, comparecieron los ciudadanos YOERLY YUSMILA GUTIERREZ y MIGUEL ANTONIO ESTRADA DE LA HOZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.536.329 y V-14.636.905 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada ROSAURA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.978, presentaron ante este Tribunal escrito de Separación de Cuerpos, por mutuo consentimiento, exponiendo que el día 06 de Septiembre de 2.003, contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registrador Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, según consta en Acta N° 126. Que de dicha unión no adquirieron Bien alguno.

Este Tribunal en fecha 07 de Abril de 2.006, admite y decreta la solicitud de Separación de Cuerpos.

En fecha 12 de Diciembre de 2007 Comparecieron los ciudadanos YOERLY YUSMILA GUTIERREZ y MIGUEL ANTONIO ESTRADA DE LA HOZ, asistidos por la abogada ROSAURA DELGADO, Inpreabogado N° 69.978, y solicitaron la conversión de la separación de cuerpos en divorcio.

En fecha 19 de Diciembre de 2.007, este Tribunal ordenó la notificación del Fiscal Superior del Ministerio Público, a los fines de que exponga lo que crea conveniente en cuanto a la solicitud de conversión en divorcio.

En fecha 14 de Enero de 2008, el Alguacil de este Juzgado consignó la Boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscalía del Ministerio Público del Estado Aragua.

Siendo la oportunidad para Decidir el Tribunal observa: Que consta del examen de autos que los ciudadanos YOERLY YUSMILA GUTIERREZ y MIGUEL ANTONIO ESTRADA DE LA HOZ, se encuentran separados por más de un (01) año sin existir entre ellos reconciliación alguna por lo cual es procedente la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos solicitada y Así se Decide.

DISPOSITIVA
-II-
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos YOERLY YUSMILA GUTIERREZ y MIGUEL ANTONIO ESTRADA DE LA HOZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-16.536.329 y V-14.636.905 respectivamente. En consecuencia, se Declara disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha 06 de Septiembre de 2003, por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua., anotado bajo el N° 126.

Por cuanto se evidencia de autos que de dicha unión no se procrearon hijos el Tribunal nada tiene que Decidir al respecto.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, a los Quince (15) días del mes de Febrero de 2008. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.

EL JUEZ PROVISORIO

Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA

EL SECRETARIO,

ABG. CAMILO CHACÓN HERRERA

En esta misma fecha, siendo las 11:00 a.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO,


EXP. N° 06-13.185
EPT/cchh/pmcch.-