REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 21 de febrero de 2008
197º y 149º

Con vista al escrito contentivo de alegatos relativos a la citación presentado por el ciudadano RODOLFO FUNE, en su carácter de presidente de la Sociedad Mercantil MULTISERVICIOS SAN SEBANTIN, C.A., debidamente asistido por el abogado PEDRO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.757, en su carácter de parte demandante en el presente juicio de INDEMNIZACION POR DAÑOS MATERIALES, LUCRO CESANTE Y DAÑO EMERGENTE, incoado contra la sociedad mercantil ESTACIONAMIENTO C.C.STAR CENTER y la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL STAR CENTER, mediante el cual solicita la reposición de la causa al estado de nueva citación de la co-demandada Junta De Condominio Del Centro Comercial Star Center, en la persona jurídica de INVERSIONES LOS VIII, C.A., sociedad de comercio de funge de administrador de la antes mencionada junta de condominio, en la persona del ciudadano MANUEL ENRIQUE MONIZ. Toda vez que al momento que el Alguacil titular de este Juzgado procede a realizar la misma fue firmada por una ciudadana que se identificó como MARIA GABRIELA GONZALEZ, señalándole que era abogada y apoderada judicial de la empresa Inversiones los VIII, C.A., no acreditando representación alguna en el expediente.
Expresa el solicitante temor que tal comportamiento pudiera conllevar la posibilidad de un fraude procesal o un acto contrario a las formalidades esenciales del proceso, tal como la citación, solicitando se deje sin efecto la citación del ciudadano ENRIQUE MONIZ y reponga la causa al estado de citarlo nuevamente. De igual forma solicita de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, se cite nuevamente a la co-demandada Junta De Condominio Del Centro Comercial Star Center, en la persona del ciudadano MIGUEL ANGEL CACERES RODRIGUEZ.
Este Juzgador de la revisión de las actas que conforman la presente causa puede constatar que efectivamente en fecha 30 de octubre de 2007, el ciudadano OSWALDO LOPEZ, Alguacil Titular de este Juzgado, consigna recibos de citación firmados por Francisco Cáceres y María Gabriela González, en sus caracteres de administrador y apoderada judicial de las empresas Estacionamiento Centro Comercial Star Center e Inversiones Los VIII, C.A. Compareciendo a los autos solamente la parte co-demandada Estacionamiento Centro Comercial Star Center.
Dispone el artículo 215 del Código de Procedimiento Civil: “Es formalidad necesaria para la validez del juicio la citación del demandado para la contestación de la demanda…”
Por otra parte el artículo 217 ejusdem establece: “…cuando se presentare alguien por el demandado a darse por citado, sólo será admitido en el caso de exhibir poder con facultad para ello…”
Así pues, se observa claramente que no se cumplieron con las formalidades establecidas en los artículos anteriores para la citación de la co-demandada INVERSIONES LOS VIII, C.A., sociedad de comercio que funge como administrador de la junta de condominio del Centro Comercial Star Center, en la persona del ciudadano MANUEL ENRIQUE MONIZ, al firmar el recibo de citación la ciudadana MARIA GABRIELA GONZALEZ, quien dijo ser la apoderada judicial de la mencionada empresa, pero sin verificar a los autos tal condición. Por lo que este Tribunal observa que se está violentando el debido proceso, en el cual esta implícito el derecho a la defensa, por lo que este Juzgador como garante de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 Ejusdem, en concordancia con el artículo 206 del Ibidem, el cual establece que los jueces procurarán la estabilidad de los juicios, evitando y corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal. Repone la presente causa al estado de citar nuevamente a la co-demandada Junta de Condominio del Centro Comercial Star Center, a través de su administradora Inversiones Los VIII, C.A., en la persona del ciudadano MANUEL ENRIQUE MONIZ y declara nulo y sin efecto jurídico lo actuado en el presente cuaderno principal a partir del día 17 de Octubre de 2007. Y así se declara.
Igualmente ordena citar nuevamente a la co-demandada ESTACIONAMIENTO CENTRO COMERCIAL STAR CENTER, en la persona de MIGUEL ANGEL CACERES RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que han transcurrido más de sesenta días entre la primera citación y la última, en consecuencia queda sin efecto. Y así se declara. Líbrense compulsas.-Cúmplase.
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. EULOGIO PAREDES TARAZONA

EL SECRETARIO,

ABG. CAMILO CHACON HERRERA

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-


EL SECRETARIO,

EXP. N° 07-14348
B.