TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRÀNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN CAGUA
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 08-14.617
PARTES: JUAN CARLOS BALBARESCO ZAMBRANO y KARINA LISBETH GOMEZ LAMBIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-9.656.574 y V-15.123.311 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: ASDRUBAL ALEXI CARRASQUEL BRITO, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.117.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
- I -
En fecha 31 de Enero de 2008 comparecen por ante este Tribunal los ciudadanos: JUAN CARLOS BALBARESCO ZAMBRANO y KARINA LISBETH GOMEZ LAMBIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-9.656.574 y V-15.123.311 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado: ASDRUBAL ALEXI CARRASQUEL BRITO, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.117, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de CINCO (5) años están separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos.
Que dicha unión no procrearon hijos ni adquirieron bienes.
Admitida la solicitud en fecha 01 de Febrero de 2008 y debidamente notificado el Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado, y siendo la oportunidad legal para decidir, el Tribunal observa:
De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los Ciudadanos: JUAN CARLOS BALBARESCO ZAMBRANO y KARINA LISBETH GOMEZ LAMBIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-9.656.574 y V-15.123.311 respectivamente, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitados y ASÍ SE DECIDE.
-II –
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos: JUAN CARLOS BALBARESCO ZAMBRANO y KARINA LISBETH GOMEZ LAMBIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-9.656.574 y V-15-123.311 respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 14 de Julio de 1989, anotado bajo el Nº 805, tomo 05, de los libros Respectivos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, Sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con Sede en Cagua, a los 29 días del mes de Febrero de 2008. Años 198° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
DR. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO
ABG. CAMILO CHACON
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 1:00pm.
EL SECRETARIO
Expte. N° 08-14617
EPT/cchh/pmcch.-
|