JUZGADO SEXTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

CARACAS, VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE 2008
197° Y 148


ASUNTO: AC22-R-2004-000058

PARTE ACTORA: MARIANNA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.038.628.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: GAMAL KABCHI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.496.

PARTE DEMANDADA: TURISMO CONSOLIDADO TURISOL CASA DE CAMBIO, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha quince (15) de abril de 1974, bajo el N° 23, Tomo 55-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: No acredito apoderado judicial.

Se encuentran en esta Superioridad las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesta por la parte actora, contra la decisión de fecha 22 de marzo de 2004, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Celebrada como ha sido la audiencia oral en fecha 27 de febrero de 2008, este Tribunal pasa a reproducir el fallo dictado en esa misma fecha en los términos siguientes:

Como quiera que en fecha 27 de febrero de 2008 tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante y de la incomparecencia de la parte demandada no apelante, en consecuencia este Juzgador, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistida la apelación, en consecuencia queda firme la decisión dictada por el a-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente con el objeto que provea sobre el archivo del expediente al Tribunal de Sustanciación Mediación y Ejecución que corresponda por distribución en virtud que los expedientes asignados al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fueron redistribuido en ejecución de la Resolución N° 2006-00033 de fecha 31 de mayo de 2006 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 22 de marzo de 2004, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia queda firme la decisión dictada por el a-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Sustanciación Mediación y Ejecución que corresponda por distribución. No hay condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año dos mil ocho (2008). Años 197º y 148º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.


EL JUEZ,

MARCIAL MUNDARAY SILVA


LA SECRETARIA,



NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.


LA SECRETARIA,