REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNCIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA
PARTE ACTORA: DOMINGO ENRIQUE GARCIA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-19.552.518, y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: IVONNE MERCEDES NIÑO MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.592.083, y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RICHARD A. RIVAS P., abogado en ejercicio, de este domicilio, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 74258.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ANA TRINIDAD SALCEDO ALVAREZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 30.126.
MOTIVO: DESALOJO.
EXPEDIENTE No. 9600.
En fecha 25 de febrero de 2008, las partes, efectuaron transacción judicial, mediante escrito consignado. El Tribunal al respecto observa que el artículo 256 Código de Procedimiento Civil establece:
“...Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el Juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución...”
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre las partes en el presente juicio que por DESALOJO tiene incoado el ciudadano DOMINGO ENRIQUE GARCIA RAMIREZ, contra la ciudadana IVONNE MERCEDES NIÑO MORENO, se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASÍ SE DECIDE.-
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los 28 días del mes de febrero de dos mil ocho. Años: 176º de la Independencia y 146º de la Federación.
LA JUEZ.,

ABOG. MARY FERNANDEZ PAREDES.
LA SECRETARIA.,

ABOG. BARBARA D´ANGELO P.

En la misma fecha, siendo las 11:00 a.m., se publicó y se registró la anterior decisión.
Sctria.,

MFP/BD´A/jjvg
Exp. 9600