En el día de hoy, veintisiete (27) de Febrero de Dos mil ocho (2008), siendo las nueve y treinta de la mañana, se trasladó y constituyó el TRIBUNAL SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Número y letra 6-B, Edificio Residencias Vanesa, Parcela E-4, que forma parte del Lote “E”, Avenida Primera de la Urbanización San Jacinto, jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, ubicado en el Nivel Sexto, a fin de practicar medida de ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con motivo del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por el ciudadana BERTHA MARIA URBINA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V -9.128.017, contra la ciudadana ROSA AMERICA RODRIGUEZ DE MOGOLLON, titular de la cédula de identidad Nº V-2.973.577, en ejecución de convenimiento en el juicio, Expediente Nº 7925-07, en compañía de la abogada ZULEIMA GUZMAN CAMERO, inscrita en el INPREABOGADO Nº 16.322, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, de la Ciudadana BERTHA MARIA URBINA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.128.017, del Consejero de Protección de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, ciudadano ERNALDO JOSE REYES M., titular de la cédula de identidad Nº 14.924.383 , sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Número y letra 6-B, Edificio Residencias Vanesa, Parcela E-4, que forma parte del Lote “E”, Avenida Primera de la Urbanización San Jacinto, jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, ubicado en el Nivel Sexto, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con parte de la fachada Norte del Edificio; SUR: Con parte de la fachada Sur del Edificio; ESTE: Con escalera y hall del ascensor y OESTE: Con parte de la fachada Oeste del Edificio. El tribunal en cumplimiento de la comisión conferida procedió a dar los toques de ley a la puerta del referido inmueble, no siendo atendido por persona alguna que diera acceso al Tribunal y a quien notificar de la práctica de la medida encomendada. A la izquierda de la puerta que da acceso al inmueble a entregar, se encuentra una ciudadana realizando la limpieza del área que da a las escaleras, quièn se identificò como ARMENIA JOSÈFINA PADRINO GUERRA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.204.289, y manifestó ser la conserje y señaló al Tribunal que las personas que allí vivían, anteayer cuando vinieron recogieron sus pertenencias y dijeron que este lunes pasado iban a entregar las llaves del apartamento a la dueña, ella entro



al apartamento anteayer porque ellos la invitaron a pasar para que viera que no había bote de agua del apartamento, debido a que el día anterior se oyó un ruido muy fuerte dentro del apartamento y en los pasillos había agua de un derrame de agua que se creía que era un bote emanado de este apartamento, pero que al revisar se observo que el agua venía del apartamento de abajo. Que en el apartamento cuando ella entró a ver el bote de agua, observo que ya no había muebles, solo había un vidrio roto en el piso, lo que había ocasionado el ruido al caer. En este estado la apoderada judicial de la parte actora, ciudadana ZULEIMA GUZMAN CAMERO, INPREABOGADO Nº 16.322, expone: Realizados los toques de ley por el Tribunal en el inmueble objeto de la medida, y oída la declaración de la ciudadana ARMENIA JOSEFINA PADRINO GUERRA, antes identificada, solicito al Tribunal que designe cerrajero, depositario judicial y perito avaluador, a los fines de la práctica de la medida, motivado a que el inmueble se encuentra cerrado. Acto seguido siendo las 10.20 de la mañana, el Tribunal designa como Cerrajero, al Ciudadano JOSE LOZADA, titular de la cédula de identidad Nº 14.691.635, venezolano, técnico cerrajero, quién estando presente expone: acepto el cargo y juro cumplirlo bien y fielmente. De inmediato el Tribunal le ordena abrir la puerta de hierro y la puerta de madera que dan acceso al inmueble a entregar, antes identificado, designa como Depositaria Judicial a La Depositaria Judicial La Nacional C.A. en la persona de su representante legal, ciudadano JOSE FELIX CASTILLO, titular de la Cédula de identidad Nº. 6.905.177, y perito avaluador al ciudadano GABRIEL TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº. 3.793.702, quienes en este acto aceptan el cargo, como Depositario judicial y Perito avaluador, respectivamente, quienes juran cumplir bien y fielmente sus cargos. Siendo las 11: 54 de la mañana, el cerrajero logró abrir las puertas Multilock que dan acceso al inmueble objeto de la medida, y acto seguido Tribunal observa que el inmueble se encuentra totalmente desocupado, a excepción de bienes que la actora, ciudadana BERTHA MARIA URBINA HERNADEZ, antes identificada, manifiesta son parte del mismo, y ordena al perito realizar inventario de dichos bienes, los cuales son los siguientes: 1- Tres aires acondicionados, marca Carrier, de color gris, usados, funcionan. 2- Trece lámparas de techo, en buen estado, y una en mal estado, le falta el protector de vidrio. 3- Una cocina empotrada, marca Smeg, en acero inoxidable, con tope protector de acero inoxidable, con gabinetes en madera, de color caoba y vidrios ahumados, en buen estado en general. 4- Un horno marca Aristón, empotrado en madera, de color caoba, en buen estado. Se desconoce su funcionamiento. 5- Un fregador de plato, en acero inoxidable de dos compartimientos, empotrada, con tope de granito en buen estado. Y deja



constancia de las condiciones que se encuentra el inmueble: Pintura en general en regular estado, presenta sucio en las paredes de las habitaciones, sala y pasillos. Piso de cerámica en toda su área en buen estado, amerita limpieza. Los artefactos sanitarios de los dos baños, en buen estado de conservación. Cuatro closets en madera de color caoba, le faltan tres manillas en madera, a las gavetas. Puertas de maderas entamboradas en regular estado de conservación, una presenta daños en la cerradura. El inmueble amerita pintura y limpieza en general. Un intercomunicador y un calentador eléctrico, en aparente buen estado, ignorándose su funcionamiento. Dos ventanas con vidrios ahumados, presentan daños en los seguros. Todas las ventanas tienen protectores de hierro. En este estado interviene el funcionario del Consejo de Protección de niños, niñas y adolescentes del Municipio Girardot del Estado Aragua, quién se encuentra presente y manifiesta: “Dejo constancia que en el inmueble descrito en la presente acta de entrega material, no se encontró dentro del mismo niño o adolescente alguno, de igual forma no se encontró rasgo de que en el mismo habitaran, ya que se encuentra totalmente vació “. El Tribunal desocupado como se encuentra el inmueble objeto de la medida, constituido por un apartamento distinguido con el Número y letra 6-B, Edificio Residencias Vanesa, Parcela E-4, que forma parte del Lote “E”, Avenida Primera de la Urbanización San Jacinto, jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, ubicado en el Nivel Sexto, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con parte de la fachada Norte del Edificio; SUR: Con parte de la fachada Sur del Edificio; ESTE: Con escalera y hall del ascensor y OESTE: Con parte de la fachada Oeste del Edificio, en cumplimiento de la comisión conferida hace entrega material del mismo, a la Ciudadana BERTHA MARIA URBINA HERNADEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.128.017, quién se encuentra presente en el acto, en compañìa de su apoderada. En este estado la parte actora expone: recibo en este acto el inmueble antes identificado, en las condiciones antes señaladas. El Tribunal cumplida su misión, siendo las 02:00 de la tarde, ordena su regreso a su sede habitual. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
(FDO)
LA PARTE ACTORA Y SU APODERADA,
(FDO)





EL FUNCIONARIO DEL CONSEJO DE PROTECCION
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,


ERNALDO JOSE REYES. LA CONSERJE,
(FDO)
EL CERRAJERO,

JOSE LOZADA
(FDO)
EL PERITO AVALUADOR EL DEPOSITARIO JUDICIAL,


GABRIEL TORRES JOSE FELIX CASTILLO
(FDO) (FDO)

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. JHEYSA ALFONZO CASTRO.
(FDO)
C- 10-2008