En el día de hoy, de 21 de febrero de Dos Mil ocho (2008), siendo las 11:00 horas de la mañana, previa habilitación, se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: Inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización Las Mercedes, Vereda 19, número 07, sector 04, La Victoria- Estado Aragua, en compañía de la ciudadana GUELMI YELITSSE PEREIRA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de Ramírez, venezolana titular de la cédula de identidad Nº V-11.177.003 Parte Actora y de su Apoderado Judicial Abogado LUIS FERNANDO MARTINEZ, Inpreabogado No. 47.040, titular de la cedula de identidad Nº 14.829.136, con el objeto de dar cumplimiento a la medida de Entrega del Inmueble arrendado, constituido, por una casa, ubicada en la Urbanización Las Mercedes, vereda 19, número 07, sector 04, La Victoria Estado Aragua, decretada con motivo del juicio que por Desalojo, sigue la ciudadana GUELMI YELITSSE PEREIRA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 11.177.003, contra la ciudadana AYDE MORELIA TORREALBA MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.2.978.179, por ante el Juzgado del Municipio de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Tribunal Ejecutor deja constancia que se encuentran presentes en este acto las ciudadanas: Anahir Reyna S., cedula de identidad Nº 10.358.974 y Yexilay Orozco, Cedula de identidad Nº 10.363.953, adscritas al Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, los Funcionarios Policiales José Martínez, titular de la cédula de identidad Nº 12.341.276, Credencial Nº 2346 y Marrufo Wladimir, titular de la cedula de identidad Nº 11.989.131, adscritos a la Policía del Estado Aragua, asimismo se encuentran presentes en este acto los ciudadanos: Henry García, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 5.276.824, en su carácter de representante de la Depositaria La Nacional C. A., y Chaviedo García Omar Eulogio, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 3.518.570, en su carácter de Perito Avaluador, quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. Presente en dicho inmueble una persona que dijo ser y llamarse: Torrealba Meza Ayde Morelia, mayor de edad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 2.978.179, a quien el Tribunal notificó de su misión y permitió el acceso y se le sugirió que llamara a un abogado para así dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dándole una hora de espera para que hiciera acto presencia el abogado que la asistiría. El Tribunal Ejecutor deja constancia que transcurrió la hora de espera concedida sin que se hiciera presente abogado alguno. En este estado la notificada expone: “ Procedo en este acto a hacer la entrega del inmueble en el cual se encuentra constituido el Tribunal totalmente libres de bienes y personas, retirando los bienes muebles que se encuentran en el interior bajo mi propia cuenta y riesgo”. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas, procede conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, a hacer la Entrega del Inmueble arrendado, que se describe a continuación: una casa ubicada en la Urbanización Las Mercedes, vereda 19, número 07, sector 04, La Victoria Estado Aragua, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Ocho metros cuarenta centímetros ( 8,40 mts.) limite con Vereda 19; Sur: Ocho metros cuarenta centímetros ( 8,40 mts.) limite con casa No. 08 de la Calle 04; ESTE: Trece metros sesenta y cuatro centímetros ( 13,64 mts.) limite con casa No.05 de la vereda 26; Oeste: Trece metros sesenta y cuatro centímetros ( 13,64 ) limite con casa No.05 de la vereda 19, a la ciudadana GUELMI YELTSSE PEREIRA RODRIGUEZ, el cual se encuentra en mal estado de conservación. El Tribunal deja constancia que en este acto no hubo ningún tipo de violencia de del Tribunal Ejecutor, del Perito, del Depositario Judicial, de los Funcionarios Judiciales, ni ninguno de ninguno de los asistentes a la medida. La Jueza de Municipio Ejecutora de Medidas habiendo cumplido su misión declara terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 4:00 p.m. Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.-
LA JUEZA TITULAR.-
DRA EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
C.I: 3.720.889.-
LA NOTIFICADA.-
EL APODERADO JUDICIAL DE LA
PARTE ACTORA.-
LA PARTE ACTORA.-
LAS CONSEJERAS DE PROTECCIÓN DEL
MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS.-
FUNCIONARIOS POLICIALES.-
EL PERITO AVALUADOR.-
EL DEPOSITARIO JUDICIAL.-
LA SECRETARIA.-
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