En el día hábil de hoy jueves, en la fecha arriba señalada, siendo las 8:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar acto conciliatorio, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto. En este estado la parte demandada expone: Que vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 12-12-2007 la cual corre al folio 46 al 51 y el informe pericial dictado en fecha 23-02-2008, en nombre de mi representada ofrezco pagar el monto condenado esto es la cantidad de Bs.12.421,83, en razón de ello entrego en este acto cheques Nos. 170001112 y 65000119 de la cuenta corriente No.01500109780300000362 del Banco Bolívar por la cantidad de Bs.5000,00 y Bs.3.985,75 cada uno a nombre del trabajador accionante, quedando el saldo de Bs.3.436,00 a favor del trabajador para ser entregado el día 31 de Marzo 2008, a las 10:00 a.m por ante este Tribunal; así mismo la empresa demandada se compromete a traer en esa misma fecha los honorarios del experto contable por la cantidad de Bs.650,00. El trabajador JOSE FRANCISCO SILVA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad V-3.376.821, y su abogado asistente manifiesta que acepta la forma de pago ofrecido por la empresa demandada y recibe en este acto los aludidos cheques, arriba identificados; y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle al trabajador accionante nada por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.