En el día de hoy viernes veintidós 822) de febrero de 2008, siendo las nueve (9:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Prolongada en el presente proceso, comparecen en su condición de parte actora la Apoderada Judicial Abogada NATALY TOVAR, supra identificada. Por la parte demandada, comparece el Apoderado Judicial Abogado JUAN CARLOS SENIOR PEREZ, igualmente arriba identificado. La ciudadana jueza declara abierto el acto en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora a fin de ponerle fin al presente juicio, y a los efectos de prever y evitar futuros y eventuales juicios que puedan incoarse contra mi representada, la cantidad de VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CINCUENTA MIL (Bs.F. 24.500,00) para ser pagado el día cinco (05) Marzo de 2008, elaborado a nombre de las Trabajadoras REINA MARIA DEL CARMEN ARANEO GARCIA; GREGORIA ALICIA GARCIA, Bs. F. y YANGLYS DE LAS MERCEDES HERNANDEZ SOLORZANO, por los montos que se indican seguidamente; REINA MARIA DEL CARMEN ARANEO GARCIA, Bs. F. 6.500,00, GREGORIA ALICIA GARCIA Bs. F. 11.000,00 y YANGLYS DE LAS MERCEDES HERNANDEZ SOLORZANO Bs. F. 7.000,00. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es a los fines de dar por terminado el presente litigio y evitar futuros procesos judiciales o administrativos dejándose constancia así mismo que dichos pagos en ningún momento son un reconocimiento de mi representada de la relación laboral mucho menos de los conceptos demandados. En éste estado la Parte Actora, representada por su apoderada la Abogada NATALY TOVAR, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con los montos ofrecidos y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados.